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SI TODOS CALLAMOS
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COMUNIDAD DE REGANTES DE LAS HUERTAS DE ZAIDIN Y ALMUDAFAR.Los propietarios, regantes y demás usuarios que tienen derecho al aprovechamiento de las aguas de la Acequia Molinar y de Riegos de las Huertas de Zaidín y Almudafar, derivadas del Río Cinca se constituyen en Comunidad de Regantes de las Huertas de Zaidín y Almudafar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 228 de la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879.Pertenecen a la Comunidad la Presa sita en el Río Cinca, situada en el término municipal de Belver de Cinca y paraje que se conoce por Sotos. La Acequia Principal que conduce las aguas por los términos de Belver de Cinca, Osso de Cinca, Almudafar y Zaidín, y que tiene de quince a dieciséis kilómetros de longitud, y otra Acequia secundaria, que tiene su punto de partida en el lugar conocido por Torre del término municipal de Zaidín y cuya longitud es de unos cinco kilómetros aproximadamente.También pertenece a la Comunidad, si bien únicamente a los regantes de la Huerta de Zaidín, un salto de unos sesenta H.P. de fuerza, en la partida de los Huertos de Zaidín, situado sobre o en el cauce que sigue la Acequia Principal. Un molino maquilero situado en el salto antes indicado y la totalidad de la maquinaria existente en el mismo. Tienen derecho al uso de las aguas de que dispone la Comunidad, para su aprovechamiento en riego los dueños de 470 has. de superficie en los términos municipales de Zaidín y Almudafar; en las siguientes partidas de las Huertas:T. M. de Almudafar: HUERTA DE ALMUDAFAR.T. M. de Zaidín: ESPESSA. SOTET D´ALMUDAFAR. CALÇADA. RASA. SOTAL. CABANALS. MITJANETA. BELLOSA. CASELLES. SOT. CADIRETA. RAMBLLA. TARAGORDA. SOTET. TURMO. HORTS. CANTERELLA. FONT DEL PRAT. CARREROT. OLIVAR. CAMP DE COMÚ. TORRE. TAULA. PAS DE ZEBRA. CUERO. CAFISADA. CASTILLONS.Ordenanzas y Reglamentos aprobados por Orden Ministerial de 21 de febrero de 1.952.Zaidín, 19 de julio de 2.000. |